Moy Montes

Convocatoria para el programa de desarrollo forestal sustentable

INCIA CONVOCATORIA NACIONAL PARA LA SOLICITUD Y ASIGNACIÓN DE APOYOS DEL PROGRAMA DESARROLLO FORESTAL SUSTENTABLE PARA EL BIENESTAR 2023

Como parte de las acciones en materia de medio ambiente el Gobierno Municipal de Juárez que encabeza Oscar Serra Cantoral a través de la Dirección de Ecología y en coordinación con la Secretaria de Medio Ambiente, la Comisión Nacional de Reforestación y de la Secretaria de Medio Ambiente e Historia Natural del estado invitan a la ciudadanía en general a participar en la convocatoria nacional para la solicitud y asignación de apoyos del programa desarrollo forestal sustentable para el bienestar 2023.

La modalidad que se estará ejecutando es el “Componente II Plantaciones Forestales Comerciales y Sistemas” que tienen el objetivo de cultivo de especies forestales que tiene como finalidad la producción sostenible de materias primas forestales destinadas a su comercialización o transformación. Que se divide en tres categorías.

PFC.1 ESTABLECIMIENTO DE PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES: Son apoyos o recursos económicos que están destinados a cubrir de manera parcial los costos del establecimiento de la plantación forestal comercial, así como para el pago de asistencia técnica. El establecimiento incluye las actividades encaminadas a iniciar una plantación forestal comercial, como son la preparación del terreno, el abasto de planta, la plantación y las actividades culturales posteriores para asegurar la sobrevivencia y desarrollo de las plantas establecidas. Las personas beneficiarias deben realizar aportaciones adicionales, ya sea de sus propios recursos o mediante créditos, para complementar las inversiones que se requieren durante todo el periodo productivo de la plantación. Que está dirigido a personas plantadoras iniciales o en desarrollo

PFC.2 PLANTACIONES MADERABLES EN SISTEMAS AGROFORESTALES: Son apoyos o recursos económicos destinados a cubrir de manera parcial los costos del establecimiento de plantaciones maderables, en terrenos en los que se desarrollarán actividades silvícolas en combinación con actividades agrícolas o ganaderas, para desarrollar un sistema agroforestal. La plantación de tipo maderable que se establezca se considerará como uno de los elementos más importantes dentro del sistema agroforestal, por lo que se deben prever actividades encaminadas a salvaguardar la permanencia y desarrollo óptimo de los árboles. Que está dirigido a personas plantadoras iniciales o en desarrollo

PFC.3 PLANTACIONES FORESTALES COMERCIALES ESTABLECIDAS: Son apoyos o recursos económicos que están destinados a recuperar de manera parcial las inversiones realizadas con recursos de la persona solicitante, en el establecimiento de sus plantaciones forestales comerciales. Las plantaciones forestales deberán tener mínimo 6 meses y máximo 5 años de establecidas al momento de solicitar el apoyo.

Cabe destacar que una PERSONAS PLANTADORAS INICIALES O EN DESARROLLO: Personas físicas o morales que por primera vez establecerán una Plantación Forestal Comercial (PFC), o que han establecido una PFC con o sin apoyos de la CONAFOR, en una superficie total no mayor a 200 hectáreas y una PERSONAS PLANTADORAS PERMANENTES: Personas físicas o morales que han establecido una Plantación Forestal Comercial con o sin apoyos de la CONAFOR de manera consistente y cuya superficie total establecida es mayor a 200 hectáreas.

La CONAFOR otorga apoyos para el establecimiento y desarrollo de Plantaciones Forestales Comerciales, así como para Sistemas Agroforestales, que promuevan la diversificación del uso del suelo y que contribuyan a incrementar la producción forestal del país. Que está dirigido a personas plantadoras iniciales o en desarrollo y a personas plantadoras permanentes.

Para ser beneficiario de estos apoyos, las personas propietarias o poseedoras legítimas de los terrenos deben considerar que sus predios sean apropiados, es decir:

– No tengan cobertura forestal

– Cuenten con potencial para establecer plantaciones forestales comerciales

– Su uso actual sea ganadero, agrícola, o estén sin uso

– Se ubiquen dentro de las áreas elegibles definidas por la CONAFOR

“Los apoyos de la CONAFOR son de carácter público, no son patrocinados ni promovidos por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de estos apoyos con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de estos apoyos deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante autoridad competente”. “Estos apoyos están financiados con recursos públicos aprobados por la Cámara de Diputados y queda prohibido su uso para fines partidistas, electorales o de promoción personal de los funcionarios”.

#HagámosloJuntos

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